El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un decreto que permitirá a pymes y autónomos / as aplazar un mes la presentación de impuestos que se debían liquidar como máximo el 20 de abril. La medida, que pretende mitigar el impacto económico provocado por la crisis de Covid-19, se hace efectiva para las declaraciones más habituales como la liquidación del IVA (modelo 303), el pago fraccionado del IRPF (modelos 130 y 131) o el pago fraccionado del impuesto sobre sociedades (modelo 202). Los autónomos/as y pymes que se pueden beneficiar no pueden tener una facturación superior a los 600.000 euros/año.
Otra de las novedades que incluye el decreto está relacionada con el plazo de las declaraciones domiciliadas, que finalizaba este miércoles, 15 de abril, y que se amplía hasta el 15 de mayo. Cabe recordar que, con independencia de la fecha de presentación de las liquidaciones, éstas no se cobrarán hasta el 20 de mayo. Se calcula que la norma aprobada este martes beneficiará 3,4 millones de contribuyentes que representan el 95% de las pequeñas empresas y autónomos / as que deben presentar su declaración tributaria en abril.
Medio año de prórroga
Desde la declaración del estado de alarma, la Agencia Tributaria permite una prórroga en el pago extraordinario por Covid-19 de hasta 6 meses, los primeros 3 meses sin intereses. Puedes consultar la guía, haciendo clic aquí.
El gobierno de España está trabajando nuevas medidas para que, los autónomos y las autónomas que tributan por módulos puedan renunciar a este régimen y vayan al sistema de estimación directa, pero aún no han sido aprobadas.