Hacienda mantiene las liquidaciones trimestrales, a pesar del estado de alarma. Esto quiere decir que, si eres emprendedor o emprendedora, deberás presentar las declaraciones habituales y pasar cuentas sobre los rendimientos obtenidos entre enero y marzo de 2020 con la Agencia Tributaria. ¿Qué modelos se presentarán y cuáles son los plazos? Te los recordamos:
DEL 1 AL 20 DE ABRIL
Modelo 303 de IVA para la liquidación del 1er trimestre de 2020.
Modelo 130 o 131 de IRPF, para los rendimientos obtenidos este primer trimestre.
Modelos 111 y 115 de retenciones de IRPF (solo si tienes trabajadores/as o colaboradores/as a quien haces retenciones de IRPF o retenciones de alquileres si tienes un local o despacho.
Si llegado el día 20 de abril tienes problemas de liquidez, la Agencia Tributaria te permite retrasar el pago de impuestos durante seis meses, los tres primeros sin intereses. Puedes consultar la guía para hacerlo aquí.
Para consultas, puedes ponerte en contacto con nosotros de manera telefónica en el teléfono 93 466 52 24 y a través del correo electrónico sfe@grameimpuls.cat.